e-ISSN 2395-9134
Artículos Estudios Fronterizos, vol. 25, 2024, e146

https://doi.org/10.21670/ref.2410146


Migraciones, derecho a la ciudad y utopía. El caso de Ciudad de México

Migrations, the right to the city and utopia. The case of Mexico City

Adriana Sletza Ortega Ramíreza * https://orcid.org/0000-0002-3387-9635

a Benemérita Universidad Autónoma de Puebla, Facultad de Ciencias Políticas y Sociales, Puebla, México, correo electrónico: adriana.ortega@correo.buap.mx

* Autora para correspondencia: Adriana Sletza Ortega Ramírez. Correo electrónico: adriana.ortega@correo.buap.mx


Recibido el 25 de marzo de 2023.
Aceptado el 09 de abril de 2024.
Publicado el 9 de mayo de 2024.


CÓMO CITAR: Ortega Ramírez, A. S. (2024). Migraciones, derecho a la ciudad y utopía. El caso de Ciudad de México. Estudios Fronterizos, 25, Artículo e146. https://doi.org/10.21670/ref.2410146

Resumen:
Este artículo introduce un análisis sobre el derecho a la ciudad de la población migrante en Ciudad de México considerando tres dimensiones principales: la utopía, la política pública y los derechos sociales. El artículo es el resultado de una primera investigación documental y de campo ─realizada durante 2021 y 2022─ que incluyó entrevistas a migrantes y organizaciones civiles defensoras de derechos de personas migrantes. Las conclusiones apuntan que si bien la Constitución Política de la Ciudad de México, adoptada en 2017, garantiza el derecho a la ciudad, aún no está explícitamente relacionado con las políticas públicas para poblaciones migrantes ni es enarbolado por las colectividades migrantes para proyectar su participación política.
Palabras clave: derecho a la ciudad, utopía, migraciones, Ciudad de México.


Abstract:
This article introduces an analysis about the right to the city for migrant population in Mexico City considering three main dimensions: utopia, public policy and social rights. The article is a result of both a documentary and field initial research interviewing migrants and civil organizations defending rights of migrants, during 2021 and 2022. Conclusions point out that Mexico’s City Constitution, adopted in 2017, guarantees the right to the city, but this right is not yet explicitly related to the public policies for migrant population neither hoist by the migrant collectivities in order to project their political participation.
Keywords: right to the city, utopia, migrations, Mexico City.


Introducción

En el marco del derecho internacional contemporáneo, el tema migratorio y las temáticas urbanas coinciden en un instrumento internacional relevante: el derecho a la ciudad. Este es un concepto originalmente propuesto por Henry Lefebvre (1968) desde el marxismo y la geografía crítica, proyectado después por David Harvey (2014) en Ciudades rebeldes. Este concepto fue ampliado en las ciencias sociales e impulsado por organizaciones sociales y activistas para su reconocimiento internacional en la Carta Mundial de Derecho a la Ciudad (2004) y pone su centro en la participación social y política de habitantes de las ciudades, e incluye a personas migrantes y refugiadas sin distinción por su condición migratoria. Por ello, este artículo propone analizar tres dimensiones centrales del derecho a la ciudad, que son la utopía, los derechos sociales y la política pública (Delgadillo, 2019) a partir del caso de Ciudad de México y su política migratoria.

Ciudad de México se ha caracterizado como una ciudad progresista en el país y en América Latina a favor de poblaciones migrantes. Promulgó la Ley de Interculturalidad, Atención a Migrantes y Movilidad Humana (2011) y se unió a la Red de Ciudades Interculturales auspiciada por el Consejo de Europa. Además, participa en la Red de Ciudades Solidarias del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) y en 2017 se declaró como ciudad santuario para migrantes (Alejo, 2020). La constitución de Ciudad de México fue promulgada también en 2017 y explicita el derecho a la ciudad, es la más avanzada en el país al respecto. En concreto, el derecho a la ciudad se establece en su artículo 12:

1. La Ciudad de México garantiza el derecho a la ciudad que consiste en el uso y el usufructo pleno y equitativo de la ciudad, fundado en principios de justicia social, democracia, participación, igualdad, sustentabilidad, de respeto a la diversidad cultural, a la naturaleza y al medio ambiente.

2. El derecho a la ciudad es un derecho colectivo que garantiza el ejercicio pleno de los derechos humanos, la función social de la ciudad, su gestión democrática y asegura la justicia territorial, la inclusión social y la distribución equitativa de bienes públicos con la participación de la ciudadanía. (Constitución Política de la Ciudad de México, 2017)

También dicha constitución (2017) es pionera en reconocer en su artículo 20 a diversos grupos migratorios: personas originarias y sus familiares en el exterior, migrantes en tránsito, migrantes que retornan, personas migrantes que tienen como destino la ciudad, personas a las que el Estado mexicano ha reconocido con la condición de refugiado, otorgado asilo político o protección complementaria y aquellas que sean víctimas de desplazamiento forzado interno por violencia o por catástrofes naturales o provocadas. Así, formalmente, Ciudad de México avanzó en reconocer al desplazamiento forzado interno y las causas ambientales que no están aún consideradas en la legislación migratoria nacional.

Ciudad de México como gran urbe, históricamente ha sido un polo de atracción para las migraciones internas e internacionales, y como en el resto del territorio mexicano confluyen las distintas dimensiones migratorias: emigración, inmigración, migraciones en tránsito y retorno/deportación. La población total de la ciudad reportada en el censo de 2020 fue de 9.2 millones de personas, de ellas, 105 000 personas eran nacidas fuera de México (representan 1.1%), mientras se contaron 308 000 inmigrantes internos que provinieron mayoritariamente del Estado de México (49%), Veracruz (6%), Puebla (6%), Oaxaca (4%) y Guerrero (4%). En comparación, el porcentaje de inmigrantes internacionales es muy bajo si se considera la población total, mientras que la inmigración interna es mayor (Instituto Nacional de Estadística y Geografía [Inegi], 2020).

Además, el censo de 2020 en Ciudad de México reportó que los principales países de origen de las personas nacidas en el extranjero son: Estados Unidos (18%), Venezuela (14.3%), Colombia (10.2%), España (7.7%) y Argentina (6.2%). Y adicionalmente, los países de origen de inmigrantes en tránsito entre 2019 y 2021 fueron: Honduras, Guatemala y El Salvador (UPMRIP, 2020, p. 45, 2021, p. 53, 2022a, p. 55).

La Unidad de Política Migratoria, Registro e Identidad de Personas (UPMRIP, 2022b) publicó un diagnóstico sobre la movilidad humana en Ciudad de México donde destaca: la emigración internacional, la diáspora y emigrados en el exterior, migrantes en retorno y repatriados, inmigración extranjera, migración irregular y desplazamiento forzado interno; lo cual refleja la diversidad de estas poblaciones.

Ante el panorama migratorio internacional diverso en la capital de México y para atender los retos que enfrentan las poblaciones recién llegadas desde la política migratoria local, en 2020, el gobierno de la capital creó el programa “Ciudad hospitalaria y movilidad humana”. Fue establecido como una política pública concreta para implementar lo que disponen como referentes jurídicos tanto la ley de interculturalidad de 2011 y la constitución de 2017 con respecto a las poblaciones migrantes. El objetivo formal de este programa es:

Contribuir a la integración económica, social y cultural de las personas migrantes y sujetas de protección internacional, así como de los capitalinos en el exterior retornados y a sus familias, quienes habitan en la Ciudad de México, a partir del ejercicio de sus derechos a la identidad, al trabajo, a la educación, a la cohesión social, con el propósito de mitigar su condición de exclusión, discriminación, desigualdad y desventaja social, por medio del otorgamiento de ayudas sociales y de bienes y servicios. (Aviso por el cual se dan a conocer las reglas de operación del programa “Ciudad hospitalaria y movilidad humana” 2020, 2020, p. 39)

En este contexto planteado, la pregunta central de investigación en este artículo es: ¿cómo se imbrica el derecho a la ciudad con los procesos migratorios internacionales en Ciudad de México? Las preguntas secundarias son: ¿cómo se ha construido la política social para migrantes en Ciudad de México? y ¿cómo se está adoptando el derecho a la ciudad por organizaciones defensoras y personas migrantes en Ciudad de México?

Este artículo fue elaborado a través de una revisión bibliográfica y hemerográfica sobre el derecho a la ciudad y procesos migratorios contemporáneos, así como el análisis de la legislación y documentos oficiales que enmarcan las acciones gubernamentales. Igualmente, se sustenta en un trabajo de campo efectuado durante 2021, en el periodo de la pandemia de COVID-19, donde se realizaron entrevistas a seis organizaciones reconocidas públicamente por ser defensoras de derechos de migrantes, entre ellas dos son albergues de filiación religiosa; y, adicionalmente, se entrevistó a 12 personas migrantes que fueron referenciadas por dichas organizaciones. El propósito de las entrevistas fue documentar el conocimiento y uso que organizaciones defensoras y migrantes han hecho del programa “Ciudad hospitalaria y movilidad humana”.

Las organizaciones elegidas para ser consultadas son reconocidas públicamente por su labor y se les solicitó entrevistar a personas migrantes de las que atienden (véase Tabla 1). El criterio de selección para los entrevistados consistió en que las personas estuvieran radicadas en la ciudad y preferentemente hubieran sido usuarios de programas públicos de la ciudad. Se entrevistó a seis personas de Honduras, dos personas de El Salvador, dos de Guatemala y dos de Venezuela; de ellas, tres eran migrantes irregulares, dos solicitantes de refugio, dos refugiadas y cinco residentes permanentes en México (véase Tabla 2).

Tabla 1. Entrevistas a organizaciones y albergues para migrantes
Código de entrevista Perfil de organización/albergue Año de creación Fecha de entrevista
Org_1 Organización de defensa de derechos de migrantes, perfil de incidencia política y capacitación 2006 13/7/2021
Org_2 Albergue para migrantes, filiación religiosa 2011 14/7/2021
Org_3 Organización de defensa de derechos de migrantes LGBTQ+ 2019 29/7/2021
Org_4 Albergue para migrantes, filiación religiosa 2012 15/7/2021 y 23/7/2021
Org_5 Organización de apoyo a refugiados y solicitantes de asilo 2015 15/9/2021
Org_6 Organización de apoyo a migrantes retornados y deportados 2015 21/9/2021
Nota: en este cuadro no se incluyen los nombres de las organizaciones para proteger su labor activista y humanitaria
Tabla 2. Entrevistas a personas migrantes en Ciudad de México
Código de entrevista Nombre y país de origen Fecha de entrevista Situación migratoria
Persona_1 Ramón, salvadoreño 5/8/2021 Indocumentado
Persona_2 Elías (LGBTQ+), Honduras 16/8/2021 Solicitante de refugio
Persona_3 David (LGBTQ+), El Salvador 16/8/2021 Refugiado
Persona_4 Jaime (LGBTQ+), Honduras 16/8/2021 Refugiado
Persona_5 Sofía, hondureña 30/8/2021 Solicitante de refugio
Persona_6 Ibeth, hondureña 26/8/2021 Indocumentada
Persona_7 Lionel, hondureño 14/7/2021 Indocumentado, en tránsito
Persona_8 Francisco, guatemalteco 25/10/2021 Residente permanente
Persona_9 Marcos, hondureño 26/10/2021 Residente permanente
Persona_10 Pedro, guatemalteco 28/10/2021 Residente permanente
Persona_11 Gabriela, venezolana 1/11/2021 Residente permanente
Persona_12 Yoselin, venezolana 5/11/2021 Residente permanente
Nota: en este cuadro no se incluyen los nombres reales de las personas entrevistadas para proteger su identidad

Con estas entrevistas se cubrieron las principales nacionalidades y perfiles del panorama migratorio internacional en Ciudad de México entre quienes enfrentan mayores dificultades porque no tienen redes familiares y comunitarias que suelen sostener las dinámicas migratorias entre México y Estados Unidos, ni cuentan con nacionalidad mexicana y/o estadounidense. Las entrevistas estuvieron centradas en las experiencias de migrantes latinoamericanos recientes en la ciudad y sus percepciones referidas como espacio vivido, un concepto central del derecho a la ciudad. Adicionalmente, a comienzos de 2020, como punto de partida fueron entrevistados funcionarios públicos quienes también fueron entrevistados al finalizar el trabajo de campo en enero de 2022, lo que permitió contrastar las narrativas oficiales.

Para presentar y discutir el tema, este texto se estructura en cinco secciones. La primera está dedicada a la dimensión utópica, que retoma los postulados clásicos de Lefebvre y Harvey donde también se incluye la revisión de los estudios contemporáneos relevantes. La segunda plantea la dimensión legal del derecho a la ciudad en Ciudad de México. La tercera se dedica a la política social para migrantes y las valoraciones que hacen las organizaciones civiles y religiosas entrevistadas. La cuarta incluye la dimensión de los derechos sociales a partir de las experiencias de las personas migrantes. La quinta discute los procesos migratorios en la capital desde el derecho a la ciudad. Y finalmente se presentan las conclusiones.


Dimensión utópica

En sus planteamientos iniciales el derecho a la ciudad tiene una dimensión utópica, tanto en las obras de Henry Lefebvre, quien lo define como “el derecho a no ser excluido de la centralidad y de su movimiento” (Lefebvre, 1970, p. 155), como por David Harvey quien expresa que es “un derecho a cambiar y reinventar la ciudad de acuerdo a nuestros deseos […] la reinvención de la ciudad depende inevitablemente del ejercicio de un poder colectivo sobre el proceso de urbanización” (Harvey, 2014, p. 20).

Además, es importante apuntar que han sido los movimientos sociales en las principales ciudades de América Latina los que han enarbolado este derecho y lo han dotado de contenido en Brasil, Colombia y Ecuador para llevarlo al ámbito legal nacional y proyectarlo en los principales foros sociales internacionales. Como apunta García Chueca (2019, p. 403), a pesar de que este es un concepto europeo, es enarbolado en el sur global y desde ahí regresó a Europa para repensar los procesos urbanos. En América Latina, el concepto tiene su propia trayectoria y tensiones (Schiavo et al., 2017). Esto porque fuertes movimientos urbanos lograron su codificación legal: en el caso de Ecuador, el referente legislativo es el artículo 31 de la constitución de 2008, en Brasil son relevantes el estatuto de la ciudad y la ley federal brasileña 10.257 aprobada en 2001, mientras que, en Colombia existe la ley 388 de 1997 sobre la recuperación de plusvalías urbanas.

En las propuestas utópicas originales de Henry Lefebvre, lo relevante del derecho a la ciudad es denunciar al urbanismo y su mercantilismo como un disfraz del Estado que modela a la ciudad como un espacio político. Él escribe:

(…) en cuanto a lo urbano, solo puede constituirse y servir ‘el habitar’ derribando el orden estatal y la estrategia que organiza de manera opresora y homogeneizante el espacio globalmente, absorbiendo en consecuencia los niveles subordinados, lo urbano y el habitar. (Lefebvre, 1970, p. 185)

El derecho a la ciudad, subraya Lefebvre “se plantea como una denuncia, como una exigencia” (2017, p. 138). Asimismo, por parte de David Harvey (2014), la propuesta central es reclamar la ciudad para la lucha anticapitalista.

En la propuesta de Henry Lefebvre un concepto central es “el habitar” que refiere a las experiencias en la ciudad, en contraste con el hábitat (l’habiter/l’habitat). En su propuesta también es importante la triada conceptual sobre la producción y reproducción del espacio social en la ciudad:

1) La práctica espacial. Incluye la producción y reproducción social en locaciones particulares. Entre el espacio percibido, la realidad diaria y la realidad urbana.

2) Representaciones del espacio. Generadas por quienes conceptualizan la ciudad en función de las relaciones de la producción y el orden que estas relaciones imponen, porque urbanistas, planificadores y tecnócratas diseñan la ciudad y la conceptualizan.

3) Los espacios representacionales o de representación. Un espacio vivido mediante símbolos e imágenes, representaciones del espacio de quienes habitan la ciudad y la usan. En particular, artistas, escritores y filósofos pensadores, quienes la describen, pero también reflejan sus aspiraciones usando su imaginación para cambiar la ciudad y apropiarse de ella (Lefebvre, 1984, pp. 33-39).

Así, desde estas propuestas conceptuales, las experiencias vividas por las personas en la ciudad son centrales porque, las prácticas de habitar, vivir el espacio urbano, usarlo y cambiarlo de manera colectiva y la participación política en los procesos urbanos se revelan cómo fundamentales para el ejercicio del derecho a la ciudad.

A partir de estas propuestas clásicas, en los estudios contemporáneos sobre migración y derecho a la ciudad se pueden identificar cuatro líneas de investigación relevantes. La primera centrada en las estrategias urbanas de las personas migrantes como ejercicio político y constructor de la ciudad (Çağlar & Glick Schiller, 2018; Molinero Gerbeau & Avallone, 2020; Pérez & Palma, 2021; Rodrigo, 2021); en esta vertiente destaca el enfoque de la autonomía de las migraciones y subjetividad migrante planteado por Sandro Mezzadra (2005). La segunda en relevancia es la de migraciones, género y ciudades que enfatiza en las estrategias de mujeres, así como de comunidades LGBTQ+ (Caggiano, 2019; Gil Araujo & Rosas, 2019; Sassen, 2003, Vacchelli & Peyrefitte, 2018).

Una tercera línea se enfoca en las políticas locales de las ciudades hacia poblaciones migrantes que incluyen aquellas que siguen modelos específicos como ciudades santuario, solidarias o interculturales (Darling & Bauder, 2019; Filomeno, 2017; García Agustín & Jørgensen, 2019; Nicolao, 2020). Y una cuarta vertiente destaca la ampliación del derecho a la ciudad y del concepto de la ciudadanía en los procesos migratorios en ámbitos urbanos, esto es: ciudadanía migrante en ciudades (Finlay, 2019; Suárez Navaz, 2005; Trimikliniotis et al., 2015). Así, mientras en las primeras dos vertientes la subjetividad y estrategias políticas concretas son relevantes, la tercera pone énfasis en la política pública y ejercicio de derechos sociales, a diferencia de la cuarta que retoma la dimensión utópica clásica.

En el caso de Ciudad de México, sin embargo, los estudios migratorios y sobre derecho a la ciudad se han realizado por separado. Existe una larga trayectoria de investigación sobre los estudios urbanos y cómo se desarrollaron los movimientos populares que lograron el avance en los instrumentos políticos y jurídicos del derecho a la ciudad hasta alcanzar su inclusión en la constitución de 2017 (Bautista González, 2015; Ramírez Zaragoza, 2017; Rodríguez Cortés, 2017; Sánchez-Mejorada F., 2016; Ziccardi, 2016). Carlos Monsiváis, importante cronista de Ciudad de México, en su libro Entrada libre. Crónicas de una sociedad que se organiza (Monsiváis, 1987) considera varios sucesos en la década de 1980, que resultaron en una gran fuerza política alrededor de los procesos urbanos capitalinos, entre los que destacan los sismos de 1985. Pero, en la revisión de estas investigaciones se puede notar que, aunque hubo migrantes internos en estas luchas demandando servicios básicos en las periferias de la ciudad, la subjetividad política migrante no se hacía presente; incluso a pesar de que el factor de la inmigración interna fue muy relevante en la urbanización y en el crecimiento total de la población, ya que de 1950 a 1980 el número de habitantes pasó de 1.5 a 6.8 millones (Corona Cuapio et al., 1999, p. 15).

Y por su parte, los estudios sobre migraciones internacionales en Ciudad de México históricamente se han centrado en ciertas nacionalidades o periodos (Palma Mora, 2005; Pardo Hernández, 2000). En años más recientes han destacado las investigaciones sobre la política local en materia migratoria a partir de la ley de interculturalidad de 2011 y los derechos de las personas migrantes (Calderón Chelius, 2019; Filomeno, 2019; Marzorati & Marconi, 2018).

Existen estudios sobre procesos migratorios y urbanos que se han centrado en la binacionalidad entre México y Estados Unidos o la perspectiva transnacional. Por ejemplo, Antonio Alejo (2019) propone la binacionalidad y la paradiplomacia en la participación política de los emigrados capitalinos1 en Chicago. Mientras que Federico Besserer (2016), desde la perspectiva transnacional analiza diversos espacios en la capital de México que están conectados a través de los procesos migratorios (calles, barrios y colonias), la caracteriza como una “ciudad transnacional” y enfatiza el entramado que construyen los sujetos transnacionales migrantes como vida cotidiana.

A partir de las migraciones más recientes, en tránsito por Ciudad de México y con destino a Estados Unidos, Laurent Faret y colaboradores (2021) destacan a las poblaciones centroamericanas que están en condición de “transitoriedad”. Así caracterizan a quienes están en dicha capital, aunque inicialmente no tenían intención de establecerse porque pretendían ir hacia la frontera norte de México o a Estados Unidos, pero aún pueden mantener ese objetivo. Y, como apunta Faret (2017), usan los recursos urbanos en la zona metropolitana de la capital mexicana y generan sus estrategias de tránsito. Por su parte, Jessica Nájera Aguirre (2022) ha caracterizado la situación precaria de inmigrantes recientes en Ciudad de México, de origen centroamericano, caribeño y sudamericano, para quienes el acceso al mercado de trabajo es crucial.

Con esta amplia revisión de estudios previos se da cuenta de la necesidad de ahondar la investigación sobre estas migraciones recientes y los procesos urbanos, la normatividad en Ciudad de México sobre el derecho a la ciudad y en particular el programa “Ciudad hospitalaria y movilidad humana”, así como la de poner en relieve las experiencias directas en la capital mexicana por medio de las entrevistas diseñadas para captar los relatos sobre la ciudad como espacio vivido, siguiendo las propuestas originales de Lefebvre y los espacios urbanos de construcción de ciudadanía migrante.


La dimensión legal del derecho a la ciudad en Ciudad de México

En el marco legal establecido en la constitución (2017), la capital mexicana se propone de naturaleza intercultural, pluriétnica, plurilingüe y pluricultural (Art. 2°), una ciudad garantista (Art. 5º), ciudad de libertades y derechos (Art. 6º), ciudad democrática (Art. 7º), ciudad educadora y del conocimiento (Art. 8º), ciudad solidaria (Art. 9º), ciudad productiva (Art. 10), ciudad incluyente (Art. 11), ciudad habitable (Art. 13), ciudad segura (Art. 14) y ciudad global (Art. 20).2

En este marco, además el derecho a la ciudad (Art. 12) se plantea como un eje articulador de aspiraciones, un referente normativo que intenta retomar los planteamientos utópicos clásicos de Henry Lefebvre, las discusiones en foros internacionales, así como los movimientos urbanos capitalinos, sus luchas y referentes históricos. Incluso la constitución inicia reconociendo a Ciudad de México como una ciudad producto de sus migraciones. Establece en su preámbulo que es: “Ciudad intercultural y hospitalaria. Reconoce la herencia de las grandes migraciones, el arribo cotidiano de las poblaciones vecinas y la llegada permanente de personas de la nación entera y de todos los continentes” y que “La ciudad es de sus habitantes”.

El artículo 12 especifica que el derecho a la ciudad es un derecho colectivo fundado en la justicia social, la democracia, la participación y el respeto a la diversidad cultural. Sin embargo, la propia constitución, en su artículo 22, hace distinciones entre las poblaciones y establece quienes son las personas originarias y quienes habitan la ciudad. En ese artículo categoriza a personas originarias, habitantes, vecinas y transeúntes. Las diferencias establecidas son las siguientes:

a. Originarias, a las personas nacidas en su territorio, así como a sus hijos e hijas.

b. Habitantes, a las personas que residan en la Ciudad.

c. Vecinas, a las personas que residen por más de seis meses. Esta calidad no se perderá en los casos que la ley establezca.

d. Transeúntes, a las personas que no cumplan con las características anteriores y transitan por su territorio.

Y también, la misma constitución establece los límites del ejercicio de la ciudadanía en su artículo 24, apartado 5: “Las y los ciudadanos mexicanos, por nacimiento o naturalización, tienen derecho a acceder a cualquier cargo público de la Ciudad, incluyendo los de elección”. En conjunto, estos artículos se traducen en la práctica en obstáculos relevantes para la organización y la participación política de quienes nacieron fuera de México; especialmente para quienes están en tránsito por el país y por la ciudad capital, porque la condición de transeúntes se les puede aplicar de una manera limitante para ejercer derechos.

A pesar de que la constitución de Ciudad de México de 2017 ha sido hasta ahora la más progresista en el país en temas migratorios y también en incorporar el derecho a la ciudad, estas distinciones poblacionales se reflejan en la política social para poblaciones migrantes y sus segmentados derechos sociales, como se mostrará a continuación.


La política social para migrantes

Ciudad de México ha intentado reflejar en su política social para poblaciones migrantes una dimensión utópico-legal de ser una ciudad intercultural y hospitalaria. En 2006, el gobierno capitalino creó la primera institución oficial para migrantes que fue el Centro de Atención a Migrantes y sus familias en la entonces Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades (Sederec) y que operó hasta 2018. En ese periodo se desarrollaron programas tales como “Hospitalidad y atención a migrantes y sus familias”, así como el programa “Migrante, bienvenido a la Ciudad de México”. Y entre los servicios públicos ofrecidos se encontraban: una tarjeta migrante para el envío de remesas, una línea migrante para llamadas sin costo 1-800 desde Estados Unidos y todo México, trámites para obtención de la doble nacionalidad, copias certificadas de actas del registro civil y licencia de conducir (Ortega Ramírez, 2012, p. 153).

En Ciudad de México, bajo un gobierno de izquierda, se propuso un enfoque de interculturalidad en los programas para migrantes, con el objetivo de diferenciarse de la política migratoria nacional encabezada ─durante el periodo 2006-2012─ por el Partido Acción Nacional, caracterizado por su doctrina democrática, cristiana y conservadora. Y con la entrada en vigor de la Ley de Interculturalidad, Atención a Migrantes y Movilidad Humana en el Distrito Federal (2011), los programas para migrantes de la Sederec se formalizaron al adoptar la interculturalidad y el concepto de huésped.

En dicha ley, las personas migrantes son reconocidas en la categoría de “huésped” para evitar contradicciones con la legislación migratoria nacional. El “huésped”, de acuerdo con esta ley, es

(...) Toda persona proveniente de distintas entidades federativas o naciones que arriba al Distrito Federal con la finalidad de transitar en esta entidad, sin importar su situación migratoria, y que goza del marco de derechos y garantías constitucionales y locales, así como el acceso al conjunto de programas y servicios otorgados por el Gobierno del Distrito Federal. Esta definición incluye a migrantes internacionales, migrantes económicos, transmigrantes, solicitantes de asilo, refugiados y sus núcleos familiares residentes en la Ciudad de México. (Ley de Interculturalidad, Atención a Migrantes y Movilidad Humana en el Distrito Federal, 2011, Art. 2°)

Además, esta ley define a la persona migrante como “persona originaria o residente del Distrito Federal que salgan de la entidad federativa con el propósito de residir en otra entidad federativa o en el extranjero”. Esto es limitativo, dado que solamente sería aplicable a emigrados internacionales de Ciudad de México. Sin embargo, el artículo 3º del mismo ordenamiento especifica: “Son sujetos de la presente Ley: I. Personas de comunidades de distinto origen nacional; II. Huéspedes; III. Migrantes; y, IV. Familiares del migrante”.

En 2018, con el inicio de la administración de Claudia Sheinbaum, del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), y su sintonía con el gobierno nacional del mismo partido encabezado por Andrés Manuel López Obrador, desapareció la Sederec para crear una nueva Secretaría de Pueblos y Barrios Originarios y Comunidades Indígenas Residentes (Sepi), y los asuntos de migrantes pasaron a la Secretaría de Inclusión y Bienestar Social (Sibiso). En esta última se creó una coordinación de migrantes y el programa denominado “Ciudad hospitalaria y movilidad humana” ─a partir de 2020─ orientado a las distintas poblaciones migrantes en la capital. Con esto, propone reflejar en la política pública la dimensión utópico-legal de ser la ciudad “hospitalaria” e “intercultural” para migrantes que establece la ley de interculturalidad (2011) y la constitución (2017).

El programa “Ciudad hospitalaria y movilidad humana” se implementa para personas migrantes que llegan a solicitar servicios a la Sibiso; entonces les hacen una primera entrevista para identificar sus necesidades. A partir de ahí, se les canaliza a servicios de Sibiso u otras instancias. Por ejemplo, existe un seguro de desempleo para población en general en Ciudad de México, que las personas migrantes pueden solicitar sin importar su situación migratoria ante la Secretaría del Trabajo y Promoción al Empleo.3

La Sibiso ofrece apoyos económicos para trámites migratorios y del registro civil, traducción de documentos oficiales, capacitación laboral, certificaciones laborales, canalización a atención psicoterapéutica y, en su caso, psiquiátrica. Para personas repatriadas y desplazados internos existen apoyos económicos para retornar a su lugar de origen, mientras que para capitalinos en el exterior, mayoritariamente en Estados Unidos, la ayuda económica es para reencuentros familiares, pagos de pasaporte y visa estadounidense, así como proyectos productivos de coinversión de remesas para familiares de migrantes residentes en la ciudad (Aviso por el cual se dan a conocer las reglas de operación del programa “Ciudad hospitalaria y movilidad humana” 2020, 2020).

Para analizar el funcionamiento del programa de ciudad hospitalaria primero se realizaron entrevistas con importantes organizaciones de defensa y protección a migrantes en la capital mexicana. Estas organizaciones abarcan diversos perfiles y son relativamente recientes, pues se crearon entre 2006 y 2019. Como se mencionó en líneas anteriores, dos de ellas son albergues para migrantes de filiación religiosa; cabe aclarar que solo una es dirigida e integrada exclusivamente por migrantes que retornaron o fueron deportados desde Estados Unidos (véase Tabla 1).

Respecto a las poblaciones que asisten y que revelan la complejidad migratoria de la ciudad, una de las organizaciones mencionó: “La población que atendemos son personas en retorno, personas en tránsito, solicitantes en condición de refugiado, apátridas (aunque no ha llegado alguien con ese perfil), mujeres, familias, población LGBTQ+” (Entrevista Org_4).

De inicio, las entrevistas revelaron diferencias en el trabajo de las secretarías. Algunas organizaciones trabajaron previamente con la Sederec y contrastaron el trabajo de la Sibiso, pues había convocatorias directas para que las organizaciones pudieran acceder a recursos y facilitar sus servicios a poblaciones migrantes. Incluso uno de los principales albergues para migrantes en la capital fue apoyado de manera económica por la Sederec para instalarse e iniciar operaciones. Entonces, hubo cambios importantes a partir de la Sibiso porque los recursos para migrantes buscan canalizarse directamente a las personas beneficiarias y no a intermediarios como son las organizaciones.4

Entre las consultadas, dos de seis consideraron que la Sibiso no está efectivamente solucionando asuntos importantes para las poblaciones migrantes y que, en comparación, lo hacía mejor la Sederec. En una de las entrevistas lo mencionan así:

(…) incluso desde que se apareció Sibiso yo me acuerdo que nos invitaron a una reunión que sería de capacitación para meter proyectos. Nosotros antes con Sederec, por ejemplo, tuvimos cinco años de apoyo como proyecto. Sederec fue uno de los puntales donde apoyarnos para que el albergue existiera porque con ese primer proyecto que nos dieron se pudo comprar computadora, o sea, armar la oficina, se compró despensa (…). (Entrevista Org_2)

Mientras, tres organizaciones consideraron que los servicios de la Sibiso son adecuados, aunque señalaron algunas problemáticas. Por ejemplo, una de las organizaciones mencionó:

Hemos estado en diálogo con Sibiso para un proyecto en específico sobre juventudes, y una de las cosas que nos expresaban es que no tenían fondos de capacitación, son para capacitar al personal interno, entonces pues es una de las varias limitantes… y que la propia secretaría no sabe sus propias funciones, sus propias capacidades, ha reducido el número de personal, al menos de este último año (…). (Entrevista Org_1)

Este testimonio es relevante porque difiere con el contenido de los documentos oficiales del programa ciudad hospitalaria que menciona capacitaciones que pueden ser dirigidas a personas migrantes y que pueden ser financiadas en el marco del programa. También las organizaciones señalaron que en ocasiones hay limitaciones burocráticas, como los tiempos presupuestales en los que las personas ya no pueden acceder a apoyos económicos directos. Y en particular, en los casos de poblaciones LGBTQ+ por el hecho de que sus documentos no reconozcan su identidad sino sus nombres legales, al manifestar:

Todos sus documentos tienen el nombre legal de las personas, y para nosotras es importante que ellxs puedan acceder a un documento donde se les reconociera el nombre social de las personas, con el nombre de cómo ellxs se identifican. El punto es derribar estos problemas al momento de solicitar un apoyo o al inscribirse a un programa, porque sigue existiendo esta discriminación con base en la identidad. (Entrevista Org_3)

Las necesidades de las poblaciones migrantes LGBTQ+ se han visibilizado recientemente, en especial porque los albergues para migrantes de filiación religiosa en México tuvieron la tendencia de atender a las poblaciones diferenciadas por sexo, es decir, solo aceptaban varones o mujeres. Entonces, en los últimos años se ha hecho más notoria la importancia de crear organizaciones que brinden servicios a esta comunidad y también los albergues debieron flexibilizar el acceso a diversas poblaciones y atender a grupos familiares.

A pesar de las problemáticas señaladas, la mayoría de las organizaciones identifica a la Sibiso como el área del gobierno de Ciudad de México más importante para las poblaciones migrantes.5 Ubicaron a la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México en segundo lugar de importancia. Incluso una organización mencionó que dicho organismo le donó un automóvil pequeño, el cual le ha sido de suma utilidad para su trabajo humanitario (Entrevista Org_2). Otras instituciones del gobierno capitalino referidas en las entrevistas con las que las organizaciones colaboran fueron: el Instituto Nacional de las Mujeres, el Sistema de Desarrollo Integral para la Familia (DIF), la Secretaría de las Mujeres, la Secretaría de Cultura y los centros comunitarios denominados Pilares (Puntos de Innovación, Libertad, Arte, Educación y Saberes) de Ciudad de México.

En el trabajo de contacto y el proceso de entrevistas con las organizaciones se pudo constatar que se conocen entre ellas, están vinculadas, y comparten importantes espacios de incidencia para política migratoria y también con especialistas académicos del tema migratorio. Además, al estar en la capital, su ámbito de incidencia no es solo local, sino nacional, pues están presentes y vinculadas a otras organizaciones en otros espacios territoriales de México, especialmente en las fronteras norte y sur. También están relacionadas con otras organizaciones nacionales e internacionales de defensa de derechos humanos y de migrantes, en particular de Estados Unidos. Sin embargo, las propias entrevistas revelaron una alta especialización de las organizaciones en asuntos migratorios sin vinculación directa con problemáticas urbanas, con movimientos urbanos o con experiencias de lucha en torno al derecho a la ciudad.


Los derechos sociales y las experiencias migrantes en Ciudad de México

En las entrevistas a personas migrantes se reflejaron diferentes experiencias y problemáticas de ejercicio de derechos sociales que contrastan entre quienes son más recientes en la ciudad (seis meses como mínimo) respecto a quienes ya tienen hasta nueve años residiendo en ella; también entre quienes se encuentran solicitando el refugio, quienes ya fueron reconocidas como personas refugiadas, quienes cuentan con tarjeta de residente permanente en México y quienes no cuentan con documentación migratoria.

Entre quienes se identifican como migrantes en tránsito, a pesar de que han tenido acceso a algunos programas gubernamentales, prevalece el objetivo de continuar su trayectoria hacia el norte. Por ejemplo, Lionel (no es su nombre real) es de origen hondureño y ha migrado cuatro veces a Ciudad de México entre 2016 y 2021, en ese periodo también trabajó temporalmente en un programa gubernamental de empleo para migrantes en Chiapas.6 En su testimonio subrayó la poca diferencia salarial entre su país de origen y México por lo que se mantiene alerta ante alguna oportunidad que le permita ir hacia Estados Unidos. Lo mencionó de esta manera:

Vengo de Honduras y pues la misión es, como todos, llegar a Estados Unidos, yo igual; pero si me sale una oportunidad, pues la aprovecho... La economía está casi igual a nuestro país, ganamos lo mismo y entonces con eso no pues. (Entrevista Persona_7)

Por su parte, Ramón quien tiene 17 años, es originario de El Salvador, y ha sido beneficiario de las capacitaciones de huertos urbanos en Ciudad de México, comentó en la entrevista que aprendió a hacer insecticida natural y contrastó sus aprendizajes previos sobre siembra del maíz y frijol, cómo cuidar y cómo cosechar las plantas. Refirió que no tiene intención de quedarse en la ciudad, sino irse a Nueva York para reencontrarse con su madre quien vive allá desde hace 14 años (Entrevista Persona_1).

La opción de continuar migrando al norte puede permanecer abierta, incluso para quienes han iniciado su proceso de solicitud de refugio. Ese es el caso de Elías, de Honduras, quien es solicitante y dijo:

Pues la verdad, es bien difícil adaptarse a la ciudad, muy grande y es un poco peligrosa, pero para encontrar dónde estar se adapta uno un poco (…). Lo que tenía pensado es quedarme, pero si hay una oportunidad de ir a la frontera a cruzar, pues bienvenida. (Entrevista Persona_2)

Así, este testimonio refleja las dificultades que implica el proceso de adaptación a una megalópolis como Ciudad de México y también su valoración de que puede ser una ciudad peligrosa, así como la posibilidad hacia el futuro de ir a la frontera norte mexicana y cruzar.

Respecto a la peligrosidad de la capital, otra de las personas entrevistadas, David, de El Salvador, coincide al decir:

(…) un poco peligroso porque hace poco salí en busca de empleo y me asaltaron, me quitaron mi teléfono y otras cosas (...). Sí, me siento más seguro aquí que en mi país, porque allá con todo lo que he vivido no ha sido tan fácil vivirlo, y llegar acá me siento con un poco de más libertad, como comunidad LGBTQ+ (…). (Entrevista Persona_3)

Así, David, quien fue entrevistado en un albergue de comunidad LGBTQ+, valoró positivamente a Ciudad de México respecto a su país de origen, al decir que sí se sentía un poco más libre y seguro en comparación con sus experiencias previas, sin embargo, ya tuvo una experiencia de robo. Por su parte, entre las personas entrevistadas, dos mujeres refirieron experiencias de violencia directa. Una de ellas es Ibeth, proveniente de Honduras, quien relató violencia en su trayectoria migratoria en Estados Unidos (donde ya vivió previamente) y en México. Contó que su propia madre migrante fue asesinada en Piedras Negras y que tiene un familiar que desapareció en Acapulco. En su relato enfatizó cómo las organizaciones criminales hacen dinero con las personas migrantes vulnerables: “(...) Ya ves cómo hacen negocio con los inmigrantes (...), es fuente de dinero el inmigrante, si no es una es por otra (…)” (Entrevista Persona_6). Esto es coincidente con las investigaciones sobre la violencia criminal en México y el lucro en las rutas migratorias, la operación del denominado capitalismo gore, así como los cruces entre biopolítica y necropolítica migratoria (Valencia, 2010; Estévez, 2022).

También el caso de Sofía reveló situaciones particularmente difíciles. Es originaria de Honduras y hacía sus trámites para solicitar el refugio, migraba con su hijo adolescente y una bebé. Su mayor dificultad radicaba en que le otorgaran el acta de nacimiento de su bebé que nació cuando ella se encontraba en situación de calle en Ciudad de México y que no tiene registro oficial de nacimiento. También especificó que tiene familiares en Estados Unidos, mientras Respecto a las poblaciones que asisten que en México no tiene redes de apoyo. Lo cuenta de la siguiente manera:

La verdad que no tenemos ni familia, ni nada, ni quien nos apoye, solo así albergues, pero solo por temporada también. Pues la única solución sería irnos hacia Estados Unidos que allá tenemos una prima y un primo que ellos nos podrían ayudar y nos dicen que si logramos llegar allá, pues estamos salvados, pero solo falta ver si sí o no se puede (...). Pues sí, en eso estamos, pues no sé, también está lo de la niña que no hemos podido reconocerla, es otro caso también que estamos viendo. Pero no hay avance, la verdad (...). (Entrevista Persona_5)

El caso de Sofía ilustra el hecho de que los albergues para migrantes, operados por organizaciones civiles o religiosas, y también de la Sibiso, al ofrecer alojamiento temporal puede llevar a que las personas migrantes se vean orilladas a estar en situación de calle; este caso también evidencia que los servicios de salud y de registro civil para bebés de personas migrantes son limitados. En específico, sobre el derecho a la salud, David, de El Salvador, resaltó sus dificultades prácticas para acceder a servicios, pese a que legalmente son de carácter universal y no deberían presentarse obstáculos. Lo narró así:

Una vez me fui a la clínica en La Condesa, y le digo yo ─es que me siento bien mal, me siento mareado, ─no, no te podemos atender, porque aquí es para personas con enfermedad VIH o allá hay un centro de salud cerquita. Y me fui y me dice la muchacha ─no, es que no te puedo atender, porque ¿de qué delegación eres? Yo, ─Delegación Cuauhtémoc. ─Ok, tienes que irte a la Cuauhtémoc, y le digo yo, ─pero es que ahorita es que me estoy sintiendo mal. Yo sufro de hipertensión, yo siento que me va a reventar el corazón (…). (Entrevista Persona_3)

El derecho a la salud para personas migrantes, desplazadas y refugiadas presenta limitaciones en la práctica, cuando no son acompañadas por organizaciones defensoras, e incluso cuando los atienden en servicios de salud no ponen a su disposición medicamentos ni tratamientos y les indican únicamente reposo.

Otro asunto que está cobrando relevancia conforme aumenta la cantidad de personas migrantes internacionales en México es la discriminación, el racismo y la xenofobia. A pesar de que Ciudad de México es muy diversa y cuenta con legislación avanzada al respecto, las personas migrantes refieren la diferenciación. Incluso para quienes son de la comunidad LGBTQ+, a pesar de que pueden probablemente sentirse un poco más libres que en su país de nacimiento, Elías, oriundo de Honduras, mencionó que hay gayfobia sumada a la xenofobia. Lo dijo así:

(…) la verdad es que entre comillas aquí la Ciudad de México es abierta, entre comillas, todavía hay mucha discriminación, todavía para nosotros los migrantes hay xenofobia. Para nosotros, por el cabello que se nos ve, a veces los rasgos diferentes, porque tú te vistes diferente, porque tu cabello es trenzado, porque tu piel es diferente y aparte eres de la comunidad LGBT (…) hay gayfobia y aparte que tienes que aguantar la xenofobia (…). (Entrevista Persona_2)

Se supone que Ciudad de México podría ser un espacio más incluyente como se establece en la legislación. Pero para las personas migrantes hay problemáticas evidentes de discriminación por color de piel y condición socioeconómica, la diferencia entre nacionales (personas mexicanas) y personas extranjeras, y además se suma la identidad de género por lo que pueden sufrir homofobia o transfobia. E incluso personas que ya tienen su documentación como personas refugiadas reconocen que la sociedad mexicana no es realmente hospitalaria e incluyente. Por ejemplo, Jaime, de Honduras, quien ya tiene reconocimiento como refugiado manifestó lo siguiente:

Yo ya soy refugiado. El problema aquí en México, yo quisiera quedarme, porque amo México, el problema para nosotros los refugiados es que no hay trabajo, lamentablemente, tengo desde diciembre que llevo aquí, ya casi siete meses, y yo no he tenido trabajo, se nos cierra la puerta cuando nosotros le decimos a la gente: mire, vengo a buscar trabajo, soy refugiado, aquí está mi tarjeta permanente que soy residente, tengo CURP, tengo los papeles que usted necesita, yo se los puedo pedir a Migración, voy a organizaciones, pero la gente dice no, no, no, yo no contrato migrante, no, yo no soy migrante, yo soy refugiado, yo quiero quedarme aquí en México, quiero encontrar un trabajo, quiero poder rentar y poder ser lo que yo no pude ser en mi país, una persona libre y con ganas de trabajar, de salir adelante, de luchar. Me encanta México, pero, pero si se me da la oportunidad de estar mejor, en otro lugar si buscaría Canadá o Estados Unidos (…) Estados Unidos creo que está preparado para recibir refugiados y a México le falta mucho, no hay espacio para los refugiados. (Entrevista Persona_4)

Así, pese a que la política social de Ciudad de México intenta ser amplia, para personas migrantes y refugiadas, refleja limitaciones en el ejercicio real de derechos sociales, económicos, acceso al mercado de trabajo, servicios de salud e inclusión en general. Esto implica que la política social de la ciudad tenga que realmente avanzar para propiciar la inclusión e integración de las personas migrantes, desplazadas y refugiadas. De tal manera que sea la opción como destino migratorio y no solamente un destino obligado (porque Estados Unidos y Canadá están reduciendo su aceptación de refugiados, pero siguen siendo los destinos deseados e imaginados).

Adicionalmente, en las entrevistas se reflejó que con el paso del tiempo de estancia en la ciudad, especialmente para aquellas personas que ya pudieron tener su documento migratorio de residencia permanente, sus valoraciones y experiencias son más positivas. Para ellas, los servicios del programa ciudad hospitalaria ofrecidos por la Sibiso han impactado positivamente en su trayectoria. Por ejemplo, el caso de Francisco, originario de Guatemala, es ilustrativo. En la actualidad, cuenta con residencia permanente y tiene 22 años, pero llegó a Ciudad de México a los 17 años junto con su familia. Al cumplir 18 solicitó sus documentos de manera independiente y fue apoyado por la Sibiso para continuar sus estudios. Relata que ha terminado el bachillerato y ha realizado trabajos informales, por ejemplo, fue ayudante de mesero. En el momento de la entrevista, tenía un trabajo más formal como asistente en diseño de interiores. Sus planes los expresó así: “Estar estudiando aquí, sería eso y seguir estudiando y ya, y dependiendo de, bueno de lo que sé de los estudios, si se da la oportunidad de estudiar o de intercambio” (Entrevista Persona_8).

Otro caso ilustrativo es el de Pedro quien llegó a Ciudad de México en 2012 y con el apoyo económico de la Sibiso pudo regularizar su documentación migratoria. Ahora es residente permanente en México. Y dijo:

Valoro las oportunidades que da la Ciudad de México de poder trabajar, vivir bien, poder tener las opciones que en nuestros países no podemos tener. Porque la verdad es un país muy bendecido y tiene muchas oportunidades de trabajo (…). Al principio trabajé de cargador de fletes, después de lavaloza y por último comencé a trabajar en un centro comercial de Plaza las Estrellas en ventas, pero todo fue un proceso. (Entrevista Persona_10)

Mencionó que al momento de la entrevista tenía su propio negocio de venta de veladoras y planeaba instalar otro negocio.

Sin embargo, entre esta población también se revelaron algunos desafíos estructurales de la ciudad como el acceso a vivienda. El tema habitacional es clave en el marco del derecho a la ciudad, y al respecto las entrevistas expusieron los problemas que tienen las personas migrantes para rentar, por los altos costos de las viviendas, y más difícil aún resulta la opción de compra de algún espacio o casa, dado que eso es casi inasequible para inmigrantes que apenas buscan sus primeros trabajos formales una vez que tienen documentos migratorios (residencia temporal, solicitud de condición de refugio o estatus de persona refugiada).

Al respecto, una de las entrevistadas, de origen venezolano y que radicaba en Ciudad de México desde 2017, mencionó:

Las rentas son demasiado elevadas para lo que es, entonces por eso me ha costado ubicarme en un sitio que en verdad sea de mi agrado porque me parece que está como que sobrevalorado (...). Los sueldos son bajos y entonces uno sabe que para empezar de cero nuevamente le va a costar muchísimo más. (Entrevista Persona_12)

Entonces, se refleja una problemática estructural de la urbanización de Ciudad de México respecto a dónde vivir y de acuerdo con los costos que pueden asumir las personas migrantes se presentaría una tendencia a ubicarse en espacios marginales o periféricos.

De esta manera, en esta sección se dio cuenta de las distintas dificultades y experiencias que refieren las personas migrantes en torno a sus derechos sociales y el entorno urbano de Ciudad de México y limitaciones prácticas del ejercicio al derecho a la ciudad. Si bien es la ciudad capital un polo de atracción migratoria con amplio mercado laboral en el que se supone pueden tener cabida, en la práctica, aún con el programa de “Ciudad hospitalaria y movilidad humana” para las personas migrantes, desplazadas y refugiadas, persisten retos importantes como la discriminación, el racismo, la xenofobia, la problemática de acceso a servicios de salud, el reto de que los empleadores no conocen la documentación migratoria, la inseguridad, la violencia, el acceso a vivienda asequible y el reconocimiento de poblaciones de identidades de género diversas. Como bien dijo Jaime, de Honduras, en su experiencia se refleja lo mucho que falta avanzar para abrir espacios a las personas migrantes, desplazadas y refugiadas.


Procesos migratorios y derecho a la ciudad en Ciudad de México

¿Cómo se está imbricando el derecho a la ciudad con las dinámicas migratorias contemporáneas en Ciudad de México? La revisión de investigaciones sobre el tema reveló la complejidad que encierra el derecho a la ciudad, su trayectoria desde la utopía y desde las luchas urbanas. Y también en las entrevistas a organizaciones y a personas migrantes se pudieron capturar las problemáticas concretas que enfrentan a pesar de la existencia del programa de ciudad hospitalaria.

Si bien se trató de un primer acercamiento de investigación a experiencias, retos y expectativas como espacio vivido, en esta investigación a través de la revisión bibliográfica se pudo reconocer una larga trayectoria de luchas urbanas que llevaron a que en 2017 Ciudad de México incluyera en su constitución el derecho a la ciudad, pero sin visibilizar las subjetividades políticas de migrantes internos. En paralelo se revela la trayectoria de la política migratoria capitalina a partir de 2011 con la adopción del modelo de la ciudad intercultural, el desarrollo del concepto de huésped aplicable a poblaciones migrantes, que también es un antecedente relevante para la constitución de 2017 en la que se plantea a la capital como una ciudad intercultural y global que asume su amplia historia migratoria, la convierte en un referente utópico-legal y la proyecta al futuro.

De las cuatro vertientes principales de investigación contemporánea identificadas sobre derecho a la ciudad y procesos migratorios, la primera línea de investigación pone en el centro a las personas migrantes como constructoras de la ciudad, y en los testimonios de los entrevistados son precisamente las personas con mayor tiempo radicando en la ciudad quienes se reconocen como tales.

La segunda vertiente subraya la importancia del género. En el trabajo de campo, cuatro entrevistadas son mujeres y tres jóvenes pertenecían a la comunidad LGBTQ+. El enfoque de género es pertinente en los estudios sobre la ciudad y los procesos migratorios porque las experiencias y retos son diferenciados. En el caso de las mujeres entrevistadas, pusieron énfasis en el rol central que ejercen en su familia, las preocupaciones por sus hijos y parientes en su proceso migratorio, a diferencia de varones migrantes solteros con trayectorias migratorias más independientes. Los jóvenes de la comunidad LGBTQ+ revelaron problemáticas de discriminación en su contra, así como también la importancia de que existan espacios como albergues migrantes para atención de esta comunidad. Cabe destacar que estos son recientes porque en años anteriores no existía atención especializada y los albergues para migrantes de filiación católica en México fueron selectivos respecto al género y edad de las poblaciones. Poco a poco han tenido que irse flexibilizando porque el perfil de las personas migrantes y en movilidad es cada vez más diverso.

La tercera línea de investigación son las políticas locales de migración. Es lo que más se ha estudiado en Ciudad de México desde la creación de la Sederec en 2006, cuando por primera vez se formuló una política para poblaciones migrantes internacionales. Sin embargo, como se ha mostrado en este artículo, en años más recientes comenzaron a ser más evidentes las problemáticas que enfrentan las nuevas poblaciones migrantes y las contradicciones con respecto al marco legal que se supone sustenta la política migratoria de Ciudad de México, aún con una política pública concreta como es el programa de ciudad hospitalaria cuyo propósito se supone que es apoyar la integración económica, social y cultural de las poblaciones migrantes. Las entrevistas a las organizaciones y a las personas migrantes revelaron los desafíos concretos de la política social y la segmentación del ejercicio de derechos sociales.

La cuarta vertiente es la ampliación del derecho a la ciudad por las poblaciones migrantes, con énfasis en cómo se ejerce la ciudadanía migrante en ciudades. En esta investigación las entrevistas no revelaron una reconfiguración que articule los procesos migratorios y urbanos que enarbolen el derecho a la ciudad desde los movimientos de migrantes en la ciudad, ni entre las personas entrevistadas ni tampoco entre las organizaciones defensoras; sin embargo, es probable que esto pueda ocurrir en el futuro.

Es importante dar seguimiento con mayor detalle a la construcción de enclaves migratorios colectivos y las investigaciones previas que han dado cuenta de esto en Ciudad de México son las de Federico Besserer (2016) en los espacios de las comunidades indígenas urbanas transnacionales, calles, colonias y barrios migrantes, para lo que se requiere un trabajo de campo en espacios urbanos concretos, documentar la práctica espacial, en palabras de Lefebvre.

También, es importante reconocer que la política social para migrantes en la ciudad ha tenido que enfrentar importantes retos y contradicciones a partir de las caravanas migrantes organizadas desde Honduras para transitar por México y llegar a Estados Unidos, desde finales de 2018. En noviembre de ese año, se concentraron 15 000 migrantes en la capital mexicana al llegar las primeras caravanas. En un periodo muy corto, de solo tres semanas, rápidamente se tuvo que armar una estrategia de recepción a cargo de la Comisión de Derechos Humanos capitalina (Calderón Chelius, 2019, pp. 45-46).7 En este contexto se generó un protocolo humanitario de emergencia para atender a migrantes en la ciudad previendo que llegarían más caravanas (Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, 2019).

A pesar de la existencia de dicho protocolo, en diciembre de 2021 se presentó un enfrentamiento con una caravana migrante que salió de Tapachula, Chiapas, en el sur de México. Ese colectivo estaba conformado por unas 500 personas de Honduras, Guatemala, El Salvador y Haití. Al aproximarse a la capital, en la entrada de la autopista Puebla-México, se desplegaron destacamentos policiales antimotines de Ciudad de México. En la represión sufrieron heridas mujeres, menores y hombres, así como policías, por la decisión de las autoridades capitalinas para conducirlos a un albergue en Iztapalapa, mientras la caravana migrante insistía en dirigirse hacia la Basílica de Guadalupe (Olivares, 2021).

Sin embargo, de manera oficial, las autoridades de Ciudad de México señalaban el 12 de diciembre de 2021 como el primer día que hubo enfrentamientos, y que estaban llegando a acuerdos con los organizadores de la caravana (Secretaría de Gobierno, 2021). Por su parte, el cuerpo académico del programa de asuntos migratorios de la Universidad Iberoamericana documentó la violencia y las violaciones a derechos humanos cometidas contra integrantes de esta caravana y el proceso de negociación que culminó con el traslado mayoritario en autobuses hacia la frontera norte, con el fin de que estas personas migrantes no se quedaran en la capital (La caravana migrante en la Ciudad de México. 12-22 diciembre 2021, 2022). En ese sentido, se dejaba en el olvido la hospitalidad de la ciudad para personas migrantes y se negó el derecho a la ciudad.

Asimismo, al finalizar la escritura de dicho informe, durante diciembre de 2021 hubo un importante flujo de personas procedentes de Haití en Ciudad de México y la prensa documentaba que se estaban asentando en colonias populares de la capital, donde el acceso a vivienda puede ser más barato (Muñoz Ramírez, 2021). Respecto a la población haitiana, el subdirector a cargo del programa ciudad hospitalaria afirmó en la entrevista, en enero de 2022: “están en tránsito” (Entrevista Sibiso_2022). En concordancia con la constitución de Ciudad de México, las poblaciones pueden ser “transeúntes” en la capital, y eso es conveniente a las políticas públicas para migrantes si las personas no declaran la intención de radicarse o establecerse en la ciudad. La hospitalidad de la ciudad, entonces, se limitaría a este perfil de personas migrantes.

Además, en contradicción con la idea de que la población haitiana en Ciudad de México se encuentra en tránsito, el cuerpo académico de la Universidad Iberoamericana, que acompañó a la caravana migrante que llegó a la capital en diciembre de 2021 y dio seguimiento a las encuestas realizadas por la Secretaría de Gobernación a integrantes de esta caravana, escribió en su informe que la principal nacionalidad de las personas que desean regularizarse en México es haitiana, en segundo lugar hondureña, y que una tercera parte de las personas que desean quedarse en México eran mujeres y otra tercera parte eran menores (La caravana migrante en la Ciudad de México. 12-22 diciembre 2021, 2022, p. 21).

La condición “en tránsito” no define un periodo claro, la persona puede estar indefinidamente así, porque en apariencia no desea quedarse o establecerse de manera definitiva. Esta situación no es privativa de Ciudad de México, porque en todo el territorio mexicano las migraciones están siendo contenidas y están varadas por tiempo indefinido. El destino deseado/imaginado puede ser la frontera norte, Estados Unidos o Canadá, pero ante la imposibilidad de poder avanzar, porque la Guardia Nacional está realizando operativos de contención migratoria, hay un estancamiento y la situación “en tránsito” se prolonga. Esto también ocurre en otros espacios geopolíticos de migraciones internacionales, tales como la isla griega de Lesbos donde se hacinan migrantes y refugiados que desean internarse a la Unión Europea y enfrentan una situación de espera prolongada, de contención migratoria y aparentemente “en tránsito”.

México, “país tapón”, “frontera vertical”, como han referido diferentes estudios (González, 2011; Varela, 2019) por tratarse de un territorio en el cual confluyen los corredores migratorios que conectan Mesoamérica y Norteamérica, está deteniendo los flujos migratorios, pues aunque es más sencillo para las autoridades locales referirlas “en tránsito” más bien están “en contención” y “en espera indefinida”. Y al ocurrir esta dinámica de contención en Ciudad de México se evidencian las contradicciones discursivas y aspiracionales de ser una ciudad hospitalaria para migrantes, personas refugiadas y desplazadas, con un modelo de interculturalidad santuario y que plantea el derecho a la ciudad para articular los derechos colectivos, su política social y migratoria.


Conclusiones

Cabe destacar las tres dimensiones relevantes en este artículo: la utopía, los derechos sociales y la política pública. El análisis de estas dimensiones permite contribuir a la investigación de los procesos migratorios en contextos urbanos y operacionalizar el derecho a la ciudad. La utopía como propuso Henry Lefebvre tiene como eje el derecho a cambiar, reinventar la ciudad y los procesos urbanos a través del ejercicio del poder colectivo, habitar y usar los espacios urbanos, desplegar su reproducción social y una revolución urbana. Al respecto ¿cómo se está adoptando el derecho a la ciudad por organizaciones defensoras y personas migrantes en Ciudad de México?

Las personas migrantes y las organizaciones civiles despliegan sus estrategias en la ciudad y se van abriendo camino en la complejidad capitalina. Aunque en el periodo de estudio no se observó aún una articulación colectiva migrante que enarbole el derecho a la ciudad. La utopía del derecho a la ciudad la propone como un eje articulador colectivo que permite posicionar el ejercicio de ciudadanías prácticas y la construcción participativa de la ciudad a partir de las personas que la habitan, sin importar su estatus migratorio. Puede ser una piedra angular para el ejercicio de derechos en el ámbito local, para replantear la(s) ciudadanía(s) desde las ciudades, desde los territorios urbanos, desde los procesos migratorios locales y transnacionales, aunque durante el trabajo de campo se pudo observar que aún no se manifestaba de manera explícita por las personas entrevistadas (migrantes, defensores/activistas ni funcionarios).

El derecho a la ciudad podría ser fundamental para las poblaciones migrantes en la capital hacia el futuro, con los referentes jurídicos establecidos en la constitución; aunque no se trate aún de una demanda colectiva explícita. Proyectar el derecho a la ciudad desde los procesos migratorios implica cuestionar cómo se replantea el ejercicio local de derechos y la construcción local de la ciudadanía migrante en ciudades, especialmente para quienes enfrentan obstáculos burocráticos de regularización migratoria definidos por el gobierno nacional y quienes son calificados como “migrantes en tránsito”, transeúntes, temporales, en movimiento, sin proyecto de radicación. Son aquellas personas para quienes México podría ser un destino no planeado ni deseado, que anhelan y planean estar en otros destinos migratorios más al norte y en la búsqueda de oportunidades para continuar el trayecto.

Ciudad de México históricamente atrajo inmigración interna que demandó el derecho a la ciudad desde sus periferias y sus cinturones de miseria, y quedan abiertas las posibilidades de cómo sus inmigraciones, incluidas aquellas que son calificadas “en tránsito”, reinventarán su proyecto utópico/aspiracional. Aunque, como se destaca en el artículo, legalmente, la propia constitución capitalina establece límites al ejercicio político de la ciudadanía migrante y la figura legal del “transeúnte”.

Sin embargo, la dimensión utópica y la dimensión legal del derecho a la ciudad sería posible articularlas con los procesos migratorios en curso, entonces, las preguntas abiertas al futuro son si la migración transeúnte reinventará a la ciudad capital, cómo ejercerá su derecho a cambiar los procesos de urbanización, cómo ejercerá su poder colectivo y sus espacios de representación, si será capaz de ampliar sus derechos ejerciéndolos desde abajo, desde las luchas migrantes, y reivindicando su condición de clase, las garantías y exigibilidad del derecho a la ciudad. Por lo tanto, el derecho a la ciudad implicará la proyección política y colectiva de las personas migrantes, sus procesos de organización y resistencia en torno a la definición de su propia justicia social urbana. Ejercer el derecho a estar, permanecer y pertenecer, ejercer ciudadanía migrante en la ciudad.

En ese sentido, es relevante dar seguimiento a los procesos de acción colectiva migrante en Ciudad de México en torno al derecho a la ciudad y el ejercicio de las dimensiones utópicas y legales en la exigencia de inclusión. A partir de los hallazgos, se concluye que si bien la constitución capitalina de 2017 reconoce el derecho a la ciudad, este derecho aún no se ha concatenado de manera explícita en las políticas públicas para migrantes y poblaciones en movilidad implementadas por el gobierno capitalino, así como tampoco está siendo enarbolado por las organizaciones de defensa de derechos de migrantes en esta ciudad, ni por los propios colectivos migrantes como una vía para fortalecer su participación política.

Por lo tanto, esta primera investigación para analizar el derecho a la ciudad y los procesos migratorios internacionales en Ciudad de México propone las siguientes futuras áreas de investigación:

1. Visibilidad de los procesos migratorios en las luchas urbanas históricas en la ciudad.

2. Replanteamiento y ejercicio(s) de ciudadanía(s) migrante(s) en la ciudad.

3. Uso de los recursos urbanos y apropiación de espacios habitacionales y públicos.

4. Organización política migrante en defensa de sus propios derechos y acción colectiva.

5. Luchas migrantes urbanas anticapitalistas y antirracistas.

6. Políticas migratorias locales que garanticen y amplíen el ejercicio de derechos sociales y políticos.


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Notas

1 Personas originarias de la capital mexicana.

2 Previamente a 2017, el entonces Distrito Federal (DF) no tenía una constitución y estuvo supeditado históricamente al gobierno nacional. Así, la nueva constitución de 2017 crea una nueva entidad federativa: Ciudad de México. Con este instrumento se designa oficialmente como Ciudad de México, la que sustituye al extinto DF.

3 Véase www.segurodedesempleo.cdmx.gob.mx

4 En el ámbito nacional, el gobierno de Andrés Manuel López Obrador ha impulsado también esta política.

5 En las entrevistas destacó que una de las organizaciones entrevistadas no conocía ni identificaba a la Sibiso, aunque es una organización relativamente reciente que se conformó en diciembre de 2019 en el contexto de la pandemia de COVID-19.

6 La persona entrevistada no identificó el nombre del programa en que laboró. Al respecto dijo: “Es que miré el programa ese, no sé a qué pertenece directamente, solamente sé que le dan trabajo a migrantes y pues uno se ayuda ahí”.

7 Una de las estrategias fue establecer un albergue temporal en el estadio Jesús Martínez Palillo en la alcaldía Iztacalco.

Adriana Sletza Ortega Ramírez
Mexicana. Doctorada en ciencias políticas y sociales por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM). Profesora-investigadora de tiempo completo en la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla (BUAP). Integrante del Cuerpo Académico Procesos Transnacionales y Migración BUAP-CA-230. Líneas de investigación: políticas migratorias locales, paradiplomacia y teoría de relaciones internacionales. Publicación reciente: López Miguel, A. & Ortega Ramírez, A. S. (2024, enero-junio). Transición migratoria y demográfica de México. Nuevos patrones. Paradigma Económico, 16(1), 67-90. https://paradigmaeconomico.uaemex.mx/article/view/22617



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